Sentencia de Revisión de Tutela T-583 de 2003
Debido proceso. Superintendencia de Industria y Comercio: Facultades Jurisdiccionales y administrativas. Prácticas comerciales restrictivas en materia de competencia desleal. Negada - [Resumen automatizado: La demandada mezcló las dos facultades, pues dentro de una misma investigación profirió decisiones de carácter administrativo y jurisdiccional, cuestión que riñe con el debido proceso, toda vez que aunque legalmente era competente para adelantar ambos procedimientos, su deber era haber determinado previamente la naturaleza de la función que iba a ejercer y luego sí adelantar la correspondiente investigación o, en caso de que se pidieran ambas, era necesario que garantizara la independencia no sólo del funcionario encargado de llevarlas a cabo sino del trámite y de la decisión respectiva. || El apoderado de la Superintendencia de Industria y Comercio asegura que dentro del procedimiento adelantado en contra de Abbott Laboratories de Colombia S.A. no se incurrió en vía de hecho alguna, toda vez que la sociedad Serono de Colombia S.A., en su escrito de denuncia, solicitó a ese organismo que ejerciera tanto sus facultades administrativas como las jurisdiccionales en materia de competencia desleal. || Corresponde a la Corte resolver en esta oportunidad si la Superintendencia de Industria y Comercio incurrió en una vía de hecho al haber iniciado el trámite de liquidación de perjuicios luego de concluir una investigación adelantada por la presunta comisión de actos constitutivos de competencia desleal por parte de la Sociedad Abbott Laboratories de Colombia S.A. y si, por consiguiente, resulta procedente la acción de tutela para proteger el derecho al debido proceso que se alega vulnerado.] - [Palabras claves: competencia, ley, superintendencia, industria, investigación, desleal, comercio, jurisdiccionales, perjuicios, proceso, vez, facultades, jurisdiccional, liquidación, vía]