Sentencia de Control de Constitucionalidad C-618 de 2001
Competencia desleal, liquidación de perjuicios; Ley 446 de 1998, Art. 148, Parágrafo 3o. Demanda de inconstitucionalidad contra el parágrafo 3 del artículo 148 de la ley 446 de 1998, reformado por el artículo 52 de la ley 510 de 1999 - [Resumen automatizado: En ejercicio de la acción pública de inconstitucionalidad, el ciudadano CARLOS ANDRES PERILLA CASTRO, demandó el parágrafo 3 del artículo 148 de la ley 446 de 1998, reformado por el artículo 52 de la ley 510 de 1999 "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el sistema financiero y asegurador, el mercado público de valores, las Superintendencias Bancaria y de Valores y se conceden unas facultades." || b) La ley 510 se refiere a la intervención del Estado en la economía, en particular la regulación de las actividades financiera y bursátil, mientras que la norma acusada versa sobre la competencia jurisdiccional de un organismo administrativo para declarar indemnizaciones por responsabilidad civil derivadas de conductas de competencia desleal. || No se viola, entonces, el principio de unidad de materia pues el artículo acusado consagra el trámite de liquidación de perjuicios dentro del procedimiento de competencia desleal, que por expresa disposición de la ley 446 corresponde a la Superintendencia de Industria y Comercio desde tiempo atrás, "sino el establecimiento de un trámite dentro de esa misma actuación para cuando quiera que las partes enfrentadas en el litigio pertenezcan a los sectores financiero o bursátil".] - [Palabras claves: ley, corte, norma, superintendencia, competencia, hombre, relación, materia, disposición, derecho, jurisdiccionales, magistrado, unidad, financiero]