Sentencia de Control de Constitucionalidad C-400 de 2013
La atribución conferida al Consejo de Estado, para conocer de la acción de nulidad por inconstitucionalidad de los actos de carácter general, expedidos por entidades u organismos distintos del Gobierno Nacional (art. 135), no vulnera las competencias asignadas por la Carta Política a dicha Corporación y a la Corte Constitucional, bajo el entendido de que a la Corte constitucional le corresponde el control constitucional de los actos de carácter general, expedidos por entidades u organismos distintos del Gobierno Nacional, con contenido material de ley. ¿los efectos hacia el futuro y de cosa juzgada constitucional para las sentencias de nulidad por inconstitucionalidad proferidas por el Consejo de Estado (art. 189), son equiparables con los que emanan de las decisiones de la Corte Constitucional? No es posible trasladar los efectos de cosa juzgada constitucional al tribunal supremo de lo contencioso administrativo, que carece de la potestad otorgada expresamente por la Constitución, como órgano de cierre de la jurisdicción constitucional. Ley 1437 de 2011, "por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo"; Art. 135 Inc. 2o. : CONDICIONALMENTE exequible. Art. 189 Inc. 3o.: Exequible salvo la expresión "constitucional" declarada INEXEQUIBLE - [Resumen automatizado: De esta manera, tendrán connotación de cosa juzgada las decisiones emanadas de autoridad judicial diferente a aquella que la Constitución Política ha querido expresamente calificar de otra forma, como precisamente ocurre con los fallos de la Corte Constitucional, en su condición de órgano principal de defensa de la supremacía e integridad de la carta política, función que no por ello desconoce o mengua la tarea constitucional asignada al tribunal supremo de lo contencioso administrativo en las materias de su competencia, razón válida y suficiente para que las sentencias que dicte en virtud de lo establecido en el artículo 237-2 superior, tengan consecuencias de cosa juzgada, a futuro, a no ser que se disponga efecto diferente.] - [Palabras claves: corte, constitucional, constitución, control, ley, actos, cosa, consejo, inconstitucionalidad, nulidad, constitucionalidad, juzgada]; Art. 135 Inc. 2o. : CONDICIONALMENTE exequible. Art. 189 Inc. 3o.: Exequible salvo la expresión "constitucional" declarada INEXEQUIBLE