Sentencia de Unificación de Revisión de Tutela SU-498 de 2016
¿Se vulneraron los derechos fundamentales de una sociedad por los actos sancionatorios por no presentar la declaración de la Estampilla pro Hospital Universitario CARI E.S.E expedidos por la Secretaría de Hacienda y las decisiones judiciales que establecieron la caducidad del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho que formuló en contra de dichos actos? ACCIÓN DE TUTELA CONTRA ACTOS ADMINISTRATIVOS QUE IMPONEN SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CONTRA DECISIONES JUDICIALES QUE DECLARAN LA CADUCIDAD DEL MEDIO DE CONTROL. La Sala Plena de la Corporación considera que la acción de tutela resulta IMPROCEDENTE por el incumplimiento del requisito de subsidiariedad, toda vez que existía la acción de nulidad y restablecimiento del derecho para controvertir la validez de los actos administrativos cuestionados, con el agravante de que la accionante no acudió a este mecanismo y permitió que caducara. las decisiones judiciales cuestionadas no incurrieron en defecto sustantivo por el desconocimiento de las normas que rigen la caducidad del medio de control, pues justamente el análisis de los jueces estuvo dirigido a establecer el cumplimiento del literal d del numeral 2 del artículo 164 de la Ley 1437 de 2011 de acuerdo con los elementos que prevé, particularmente el acto de interrupción de la caducidad: la presentación de la demanda, y el término para cumplir con esa actuación: 4 meses - [Resumen automatizado: Mediante fallo proferido el 12 de febrero de 2015[22] la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado amparó los derechos de acceso a la administración de justicia, tutela judicial efectiva e igualdad de Bavaria S.A. En consecuencia, dejó sin efectos las providencias judiciales que declararon la caducidad del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho formulado por la accionante en contra de los actos administrativos sancionatorios y ordenó al Tribunal Administrativo de Atlántico citar a las partes para la continuación de la audiencia inicial. || Para resolver los problemas jurídicos anunciados la Sala abordará los siguientes temas: (i) los requisitos específicos de procedibilidad de la tutela contra providencias judiciales referidos por la accionante; (ii) el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho y su caducidad; (iii) los términos procesales como elementos necesarios para garantizar la seguridad jurídica, el debido proceso y la igualdad; (iv) la jurisprudencia constitucional sobre la protección del derecho al debido proceso y acceso a la administración de justicia durante los ceses de actividades de la Rama Judicial del Poder Público; (v) el deber de recepción, en sustitución de las autoridades competentes, de las peticiones, quejas, reclamos o recursos previsto en el artículo 23 de la Ley 1437 de 2011; (vi) el principio de confianza legítima y finalmente (vii) abordará el caso concreto, de acuerdo con las dos líneas argumentativas referidas en el fundamento jurídico número 5 de esta sentencia.] - [Palabras claves: judiciales, demanda, actividades, derecho, caducidad, presentación, judicial, acción, tutela, términos, medio, administración, en]