Sentencia de Revisión de Tutela T-902 de 2009
¿Las autoridades judiciales demandadas vulneraron los derechos al debido proceso y al acceso a la justicia del actor, al incurrir en una vía de hecho en el trámite de una acción popular interpuesta por él contra un banco, con el fin de que adecuara las obras para facilitar el acceso de los discapacitados al lugar? Improcedente. Requisito de subsidiariedad. Defectos por desconocimiento del precedente e interpretación inadecuada. La acción de tutela no es una instancia para subsanar los yerros producto de la falta de diligencia en el proceso contencioso administrativo - [Resumen automatizado: Un error en la interpretación podría conducir a la materialización de una causal especial de procedencia de la tutela contra providencias judiciales en las siguientes hipótesis: i) la contradicción de la Constitución Política, los principios superiores y el bloque de constitucionalidad; ii) la contradicción de un criterio hermenéutico establecido por esta Corporación; iii) el desconocimiento injustificado de un precedente establecido por este Tribunal o un órgano judicial superior; iv) que el sentido fijado por el 'juez natural' resulte caprichoso sin fundamento jurídico adecuado o suficiente- o arbitrario carente de justificación-; y v) que la interpretación fijada desconozca el derecho a la igualdad porque se adopten decisiones dispares frente a casos similares. || Néstor Gregory Díaz Rodríguez demanda la protección de los derechos al debido proceso y el acceso a la administración de justicia, los cuales estima vulnerados con las actuaciones surtidas por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Manizales y el Juzgado Quinto Civil de Circuito de Manizales en el trámite de una acción popular, con base en los hechos que a continuación se exponen:] - [Palabras claves: tutela, manizales, acción, interpretación, sala, juez, judicial, derechos, defecto, sentencia, civil, cuaderno, popular]