Providencia del Consejo de Estado, Sección Quinta, expediente 11001-03-15-000-2017-02829-00(AC) de 2017
Suspensión de la celebración de consulta popular con la pregunta "¿Está usted de acuerdo, SI o NO, con la ampliación de plazos de explotación, renovación de licencias y otorgamiento de nuevos títulos que permitan ejecutar en el municipio de Une Cundinamarca, proyectos y actividades mineras? " en la medida en que, prima facie, el análisis de la constitucionalidad de la pregunta, no tuvo en cuenta (i) importantes aspectos relacionados con la distribución de competencias en materia económica entre la Nación y los entes territoriales, y con ello, estricto criterio competencial establecido en el artículo 18 de la Ley 1757 de 2015; (ii) se fundamentó en una sentencia de revisión de tutela, sin considerar la consolidada línea decisional que en sede de control abstracto de constitucionalidad ha construido la Corte Constitucional regulado en el artículo 243 de la norma superior y (iii) pudo llegar a desconocer regulaciones de orden legal que han establecido la posibilidad de renovación de títulos mineros ya concedidos