Sentencia de Control de Constitucionalidad C-622 de 2007
¿Desconoce el principio de efectividad de los derechos colectivos y los derechos al debido proceso y al acceso a la administración de justicia el que la norma demandada establezca que la sentencia mediante la cual se resuelve una acción popular tenga efectos de cosa juzgada respecto de las partes y del publico en general? La institución jurídica de la cosa juzgada. Definición y alcance. Alcance de la cosa juzgada en los procesos de acción popular. Las sentencias que resuelven los procesos de acción popular hacen tránsito a cosa juzgada respecto de las partes y del publico en general, salvo cuando surjan con posterioridad a la sentencia desestimatoria, nuevas pruebas trascendentales que pudieran variar la decisión anterior. Ley 472 de 1998, "por la cual se desarrolla el artículo 88 de la Constitución Política en relación con el ejercicio de las acciones populares y de grupo y se dictan otras disposiciones"; Art. 35 : CONDICIONALMENTE exequible - [Resumen automatizado: Tratándose de la protección de derechos e intereses colectivos, no puede entonces entenderse que la cosa juzgada es absoluta, pues la naturaleza propia de tales derechos e intereses implica la titularidad de la acción en cabeza de un número más o menos extenso de personas afectadas con la amenaza o violación de tales derechos, que aun cuando habrían podido participar en el proceso, estarían despojadas de la oportunidad de ejercer una acción popular para enmendar una situación de amenaza o afectación de esos derechos que ocurra en la misma colectividad frente al caso fallado, respecto de una sentencia desestimatoria de los mismos y la aparición con posterioridad al fallo de nuevas pruebas que demuestren tal vulneración. || Conforme con ello, en esta oportunidad le corresponde a la Corte determinar si el artículo impugnado, al disponer que la sentencia mediante la cual se resuelve una acción popular “tendrá efectos de cosa juzgada respecto de las partes y del público en general”, desconoce el principio de efectividad de los derechos colectivos y los derechos al debido proceso y al acceso a la administración de justicia.] - [Palabras claves: derechos, cosa, juzgada, acciones, populares, proceso, sentencia, colectivos, corte, popular, intereses]; Art. 35 : CONDICIONALMENTE exequible