Providencia del Consejo de Estado, Sección Tercera, expediente 25000-23-26-000-1998-02725-02(29794) de 2014
La entidad pública puede generar grave indicio en contra cuando omite el deber de aportar documentos que se encuentren en su poder o bajo su guarda y archivo - Resulta inadmisibles las conductas procesales en las que la contraparte, gozando de una posición privilegiada, se abstiene de aportar la prueba, ya que ello impide encontrar la verdad real en el proceso y, por ende, el correcto y normal funcionamiento de la Administración de Justicia, en contraposición al deber que todas las personas tienen de colaborar con ésta, según los precisos términos del artículo 95 (numeral 7) de la C. P, por tal razón, cuando una de las partes, pese a la orden impartida por el juez, omite el deber de aportarlos documentos que se encuentran en su poder o legalmente bajo su guarda y archivo, debe asumir los efectos que, con su conducta omisiva, pretendió evitar