Sentencia de Revisión de Tutela T-766 de 2008
¿La tutela es el instrumento judicial idóneo para analizar la supuesta vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso y de acceso a la justicia en el trámite de la demanda presentada por el actora, en ejercicio de la acción de grupo, que fue tramitada inicialmente por un tribunal administrativo y posteriormente por un juzgado administrativo? Concedida. Procedencia excepcional de la tutela contra providencias judiciales. El desconocimiento del precedente vertical y de la cosa juzgada constitucional es una causal de procedibilidad de la acción de tutela. Configuración del grupo en la ley y en la jurisprudencia. Estimación razonada de la cuantía en acción de reparación directa y las acciones de grupo. Evidente afectación del derecho de acceso a la justicia conduce a la protección por vía de tutela - [Resumen automatizado: - Uno de los Magistrados del Tribunal Administrativo de Nariño salvó su voto a la decisión de confirmar el rechazo de la demanda en consideración con tres argumentos principales: i) la providencia de la que se apartó impidió el acceso a la administración de justicia de los demandantes sin causa atribuible a ellos, porque por “los avatares del proceso” transcurrió más de un año en meros trámites y a esa fecha la acción ya caducó; ii) el apoderado de la parte demandante no tuvo la oportunidad de controvertir el auto que inadmitió la demanda y ordenó su corrección, por cuanto se notificó por estado el 25 de octubre de 2006 y al día siguiente empezó a correr el término de traslado para corrección y, iii) el Tribunal no tuvo en cuenta que los demandantes fundamentaron la estimación de la cuantía en la última posición del Consejo de Estado, por lo que “sus decisiones ameritan consultarse y acatarse como precedentes judiciales.] - [Palabras claves: administrativo, acción, grupo, demanda, tribunal, tutela, derechos, reparación, sala, proceso, hecho, si, juez, auto, acciones, judicial]