Providencia del Consejo de Estado, Sección Cuarta, expediente 68001-23-33-000-2013-00296-01(20212) de 2013
¿Son susceptibles de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho los actos de mera ejecución? - Sí, aunque se ha dicho que «los actos de ejecución de una decisión administrativa o jurisdiccional se encuentran excluidos de dicho control, toda vez que a través de ellos no se decide definitivamente una actuación, pues sólo son expedidos en orden a materializar o ejecutar esas decisiones. No obstante, esta Corporación ha admitido que si el supuesto “acto de ejecución” excede, parcial o totalmente, lo dispuesto en la sentencia o en el acto administrativo ejecutado, es procedente ejercer el medio de control de nulidad y de restablecimiento, al haberse creado, modificado o extinguido una situación jurídica diferente y, por ende, al haberse generado un verdadero acto administrativo susceptible del control de legalidad