Sentencia de Control de Constitucionalidad C-415 de 2012
¿Vulnera el debido proceso consagrado en el artículo 29 de la Constitución y consecuencialmente, el preámbulo y los artículos 2 y 229 superiores, al prescribir la norma demandada que en los procesos de nulidad por inconstitucionalidad, el Consejo de Estado no estará limitado para proferir su decisión a los cargos formulados en la demanda y por consiguiente, podrá fundar la declaración de nulidad por inconstitucionalidad en la violación de cualquier norma constitucional e igualmente, podrá pronunciarse sobre las normas que a su juicio, conforman unidad normativa con aquellas otras demandadas que declare nulas por inconstitucionales? El legislador no ha hecho cosa distinta que consagrar normativamente lo que es una doctrina constitucional con plena vigencia: el ejercicio del control constitucional abstracto de manera integral, que se impone en desarrollo efectivo del principio de supremacía constitucional. La Corte reafirmó que en la acción de nulidad por inconstitucionalidad no hay en rigor partes procesales y por tanto no tiene razón de ser, exigir equilibrio entre las mismas, se trata de un conflicto constitucional internormativo y no intersubjetivo. En todo caso, el parágrafo demandado no excluye unos requisitos mínimos, contemplados en la regulación del proceso de nulidad por inconstitucionalidad contenida en el artículo 184 de la Ley 1437 de 2011. Ley 1437 de 2011, "por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo"; Art. 135, Parágrafo : Exequible - [Resumen automatizado: Por el contrario, al preceptuar que el Consejo de Estado en los juicios de nulidad por inconstitucionalidad no estará limitado para proferir su decisión a los cargos formulados en la demanda y que, en consecuencia podrá fundar la declaración de nulidad por inconstitucionalidad en la violación de cualquier norma constitucional, al igual que podrá pronunciarse en la sentencia sobre las normas, que a su juicio, conforman unidad normativa con aquellas otras demandadas que declare nulas por inconstitucionales, está reafirmando los principios superiores de supremacía e integridad de la Carta Fundamental, consagrados en los artículos 4 y 241 de la Constitución y el principio de configuración normativa del legislador en materia de acciones y procesos (art.] - [Palabras claves: constitución, constitucional, corte, consejo, control, inconstitucionalidad, supremacía, normas, norma, nulidad, derecho, estado]; Art. 135, Parágrafo : Exequible