Providencia del Consejo de Estado, Sección Primera, expediente 11001-03-24-000-2012-00290-00 de 2012
¿Se configura prejuzgamiento en los requisitos para la suspensión provisional enlistados en la ley 1437 de 2011 a diferencia de el Decreto 01 de 1984? - No, si bien la nueva normativa presenta una variación significativa en la regulación de esta figura y obliga al juez administrativo para realizar el análisis entre el acto y las normas invocadas como transgredidas, y estudiar las pruebas allegadas con la solicitud. Pese a que la nueva regulación le permite al Juez realizar un análisis de la sustentación de la medida y estudiar las pruebas pertinentes, la decisión sobre la medida cautelar no implica prejuzgamiento, lo que obliga al Juzgador a ser en extremo cauteloso al momento de resolver la solicitud de suspensión provisional
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