Providencia del Consejo de Estado, Sección Cuarta, expediente 25000-23-36-000-2020-00328-01(HC) de 2020
El Consejo de Estado declaró improcedente un recurso de hábeas corpus por medio del cual el exmagistrado de la Corte Suprema Gustavo Malo buscaba que se le concediera la libertad provisional dentro del proceso penal que se adelanta en su contra por los delitos de concierto para delinquir, cohecho propio, prevaricato por acción, prevaricato por omisión y utilización indebida de asuntos sometidos a reserva. En cuanto a la decisión de la Corte Suprema, explicó que al negarle la libertad no incurre en los defectos alegados por la defensa. Luego de recordar cuáles fueron las actuaciones de la defensa que llevaron prolongar la audiencia de juzgamiento, la máxima instancia contenciosa sostuvo que el habeas corpus no es una instancia adicional para obtener los pronunciamientos que las partes esperan cuando acuden al juez natural, en este caso concreto, la Corte Suprema. Frente a la apelación contra esa decisión de la Sala Especial, que resolvió la Sala Penal, el Consejo de Estado sostuvo que no le corresponde al juez de habeas corpus definir la diferencia de criterios que se presentó en este caso, en el cual se concluyó que no era procedente resolver la petición de libertad formulada