Sentencia de Revisión de Tutela T-564 de 2011
¿Fue vulnerado el derecho fundamental a la salud de las comunidades indígenas desplazadas por la violencia por parte de la entidad demandanda al no ofrecerles la atención ordenada por la Corte Constitucional en sentencia del año 2004 y es la acción de tutela el mecanismo procedente para sanear esta violación?. Improcedente. Las comunidades indígenas como sujetos de derechos fundamentales y la protección de los mismos mediante la acción de tutela. La solicitud de cumplimiento y el incidente de desacato como medios idóneos y eficaces para exigir el acatamiento de las sentencias de tutela y la consecuente improcedencia del amparo para estos fines. El Legislador ha diseñado dos procedimientos judiciales específicos, idóneos y efectivos para hacer cesar la vulneración de los derechos fundamentales y exigir el efectivo acatamiento de las órdenes proferidas por el juez de tutela: el trámite de cumplimiento y el incidente de desacato. - [Resumen automatizado: El objetivo del trámite de cumplimiento es (i) analizar objetivamente si la orden de amparo se ha cumplido lo cual no implica determinación de la responsabilidad subjetiva del obligado- y, en caso de que no sea así, (ii) adoptar “todas las medidas necesarias para el cabal cumplimiento” De otro lado, el incidente de desacato es un mecanismo de creación legal, que procede a petición de la parte interesada, a fin de que el juez constitucional, mediante un incidente, en ejercicio de sus potestades disciplinarias, sancione con arresto o multa a quien con responsabilidad subjetiva desatienda las órdenes proferidas mediante sentencias de tutela. || En consecuencia, se ordenó al Director de Acción Social y al Ministro del Interior y de Justicia, con la participación, entre otros, del Ministro de la Protección Social, que “diseñen e implementen, dentro de sus respectivas órbitas de competencia, un Programa de Garantía de los Derechos de los Pueblos Indígenas Afectados Por el Desplazamiento, (…) Este programa (…) deberá contener componentes de prevención y atención así como respetar los criterios de racionalidad constitucional en las políticas públicas mencionadas en el presente auto y en otros donde se ha ordenado incluir un enfoque diferencial, en este caso en cumplimiento del principio de diversidad etnocultural.] - [Palabras claves: cumplimiento, tutela, sentencia, juez, indígenas, acción, derecho, fundamentales, derechos, protección, desacato, comunidades]