Providencia del Consejo de Estado, Sección Segunda, expediente 05001-23-31-000-2005-00971-01(1865-11) de 2012
¿Una corporación pública de elección popular puede expedir actos administrativos creando factores salariales y prestacionales de los empleados públicos? - No, las Corporaciones Públicas de elección popular carecen de competencia para expedir actos administrativos creadores de factores salariales y prestacionales de los empleados públicos, porque esa es una atribución exclusiva del Congreso de la República y del Gobierno Nacional en ejercicio de facultades extraordinarias, toda vez que así lo disponía expresamente el artículo 76 de la Constitución Política de 1886 y lo señala el 150, numeral 19, literal e) de la Carta Política de 1991 que hoy nos rige, al igual que el artículo 12 de la Ley 4ª de 1992