Providencia del Consejo de Estado, Sección Tercera, expediente 25000-23-26-000-1995-01556-01(14113) de 2005
¿Para efectos de poder acudir a la jurisdicción de lo contencioso administrativo, es requisito indispensable que las partes hayan dejado constancia expresa, en el acta de liquidación del contrato, de las inconformidades que pudieron resultar durante su ejecución? ¿Los contratos deben ejecutarse de buena fe, y por consiguiente obligan no sólo a lo que en ellos se expresa, sino a todas las cosas que emanan precisamente de la naturaleza de la obligación, o que por la ley pertenecen a ella? Contrato estatal - Acta de liquidación. Observaciones en acta de liquidación. Principio de buena fe contractual. Teorías de los actos propios. Acción contractual. Contrato estatal de obra