Providencia del Consejo de Estado, Sección Primera, expediente 25000-23-24-000-2011-00055-01 de 2013
¿Procede el recurso de apelación respecto del auto admisorio de una demanda en la que se solicita decretar la medida cautelar de suspensión provisional? - No, el auto que admite la demanda, sólo es pasible del recurso de reposición, así se desprende de lo normado en los artículos 143 y 181 del C.C.A., disposiciones según las cuales la admisión de la demanda y la suspensión provisional de los actos acusados, aunque estén contenidos en una misma providencia, son decisiones diferentes, se fundamentan en distintos supuestos normativos y por ello, la ley les otorga un tratamiento diferente; así mientras contra el auto admisorio de la demanda procede el recurso de reposición, respecto de la medida de suspensión provisional deviene el recurso de apelación, sin que ello permita extender la apelación a la admisión de la demanda