Sentencia de Revisión de Tutela T-191 de 2001
Solidaridad en materia laboral entre la administración y el contratista - [Resumen automatizado: El Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Cartagena de Indias, mediante sentencia del 9 de junio de 2000, concedió la tutela de los derechos al trabajo y a la seguridad social del peticionario y, en consecuencia, ordenó al Alcalde del Distrito de Cartagena y a Orlando Jiménez Hernández que, en el término de cinco días, procedieran a pagar los salarios adeudados desde el 1 de enero hasta el 30 de abril de 2000, así como la suma de $621.490, por concepto del costo de la cirugía que le fue practicada al accionante. || Consideró el juez que de las pruebas aportadas al proceso podía concluirse que se presentaba una responsabilidad solidaria entre el contratista Orlando Jiménez Hernández y el Distrito de Cartagena, por ser dicho ente territorial por ser el beneficiario del trabajo o dueño de la obra, y además porque la cancelación de salarios al solicitante estaba supeditada al pago que el Distrito haga al contratista por los servicios prestados. || En segunda instancia, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, mediante sentencia del 6 de julio de 2000, revocó la decisión del a quo y, en su lugar, negó el amparo invocado, por cuanto estimó que los derechos en juego eran de rango legal y porque existía otro medio de defensa judicial para dirimir el conflicto planteado.] - [Palabras claves: tutela, cartagena, derechos, seguridad, social, salarios, juez, falta, distrito, pago, derecho, contrato, instancia, servicio, judicial, trabajo, en]