Providencia del Consejo de Estado, Sección Tercera, expediente 73001-23-31-000-1999-00539-01(22464) de 2012
Se declaró administrativamente responsable al Ministerio de Transporte como sucesor procesal del Fondo Nacional de Caminos Vecinales, por los perjuicios materiales ocasionados a los bienes de un ciudadano como consecuencia de la construcción de un carreteable en el Municipio de Chaparral, con fundamento en los principios de planeación y de previsibilidad aplicables a la contratación estatal. Daño antijurídico. Elementos. Principio de planeación en la contratación estatal. Sujeción de la actividad estructuradora de la administración al principio de planeación. Omisión de la autoridad administrativa. Deber de observar obligaciones normativas
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