Sentencia de Revisión de Tutela T-230 de 2011
Vía de hecho por defecto sustantivo. Aplicación de una norma que si bien fue declarada inexequible con posterioridad al fallo y el fallo no tenia efectos retroactivos, era una disposición legal manifiestamente contraria a la Constitución. El fallador debió haber inaplicado la norma legal en el caso concreto, so pena de incurrir en una vía de hecho por defecto sustantivo - [Resumen automatizado: Pues bien, sobre la violación al derecho colectivo a la moralidad pública y al derecho colectivo al patrimonio público, no aparecen determinadas en el proceso mediante evidencias o medios de prueba, de tal suerte que la conclusión a la que arribaron tanto el despacho de primera instancia como el de segunda instancia, sobre la determinación de esas violaciones, es una típica deducción normativa son ningún contexto fáctico y cuyo ejercicio rompe la naturaleza constatativa de la acción popular y de la clase de los dos derechos colectivos promovidos en la causa petendi, lo cual riñe frontalmente con la regulación procesal y procedimental prevista en los artículos 5, 28, 29 y especialmente el artículo 30 que establece la carga de la prueba, en concordancia con el artículo 32 sobre prueba pericial, de la ley 472 de 1998.” Además, por cuanto “la Nación-Ministerio de Transporte es un órgano político y no ejecutor, que en esa medida ni expide la especies venales ni autoriza el trámite de las mismas; solamente es un receptor de la información de los distintos sistemas de información de los organismos de tránsito siendo uno de los tantos el SIMIT y en consecuencia no ejecutan tareas de constatación sobre los paz y salvos de los convenios existentes entre los organismos de tránsito y la FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS; argumentos que si hubieran ocupado el análisis del TRIBUNAL, se hubiera podido discernir mejor el problema y hallar la veracidad y coherencia de la excepción propuesta”.] - [Palabras claves: acción, ministerio, derecho, sentencia, tránsito, popular, consejo, fallo, administrativo, distrito, proceso, tribunal, cundinamarca, corte]