Providencia del Consejo de Estado, Sección Cuarta, expediente 25000-23-27-000-2005-00073-01(17909) de 2010
Notificación por aviso en diario de amplia circulación. La administración está en la obligación de establecer por todos los medios necesarios, la dirección en la que puede ser ubicado el contribuyente. Devolución del correo. No se vulnera el debido proceso cuando los actos administrativos se notifican a la dirección que aparece en el Rut. Sanción por devolución improcedente. Los intereses moratorios se calculan desde la fecha del acto administrativo que ordenó la devolución. Sanción por inexactitud. No se debe detraer para efectos del cálculo de los intereses de mora en la sanción por devolución improcedente. Rectificación jurisprudencial
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