Providencia del Consejo de Estado, Sección Tercera, expediente 25000-23-26-000-1995-01344-01(13748) de 2005
¿No se puede dejar de declarar la caducidad por el simple hecho de que el Tribunal no la haya advertido al inicio el proceso, pues si bien eso es lo ideal, puede ocurrir que el juez deba aclarar puntos del proceso para tomar esa decisión. Incluso, la inadvertencia pura y simple del juez no alcanza a interrumpir el término de caducidad? Contrato estatal de obra pública - Obras adicionales. Mora en pago de la administración. Acción contractual - Término de caducidad. Contrato estatal - Liquidación bilateral. Liquidación unilateral
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