Sentencia de Revisión de Tutela T-887 de 2005
¿La inhabilidad sobreviniente para el ejercicio de cargos públicos derivada de una sanción disciplinaria en razón de un cargo anterior a la elección como miembro de un consejo distrital, vulnera los derechos políticos de los ciudadanos que votaron por el candidato electo consejal?¿La actuación disciplinaria que revisaba las modificaciones en el acta de acuerdo complementario que modificaba irregularmente el contenido del pliego de condiciones, realiza una imputación objetiva sobre el investigado que alega no haber participado en la elaboración del acuerdo? Los derechos políticos ante la inhabilidad del funcionario electo. La persona contó con oportunidades legales y los medios procesales para su defensa. Responsabilidad disciplinaria a los funcionarios que, en razón de su capacidad de obligar válidamente a las entidades estatales, suscriban acuerdos que afecten el patrimonio público o contravengan normas legales. Negada - [Resumen automatizado: En esencia, para el peticionario, (i) el asunto bajo examen era susceptible de protección constitucional transitorio, puesto que la acción de nulidad y restablecimiento no podría restituir el periodo de ejercicio en el cargo de concejal, lo cual vulneraría sus derechos políticos; (ii) los cargos presentados por la Procuraduría General constituían una forma de adscripción objetiva de la responsabilidad disciplinaria, ya que no podía considerarse culpable, mucho menos a título de dolo, de actuaciones que se gestaron con anterioridad a su posesión en el cargo de presidente de Ferrovías y que estaban amparadas por la presunción de buena fe; (iii) No podía existir culpabilidad respecto a la suscripción de un acta diez días hábiles después de haberse posesionado en el cargo, pues en esas circunstancias era apenas evidente que no podía ejercer control alguno sobre las actuaciones que motivaron dicho acuerdo.] - [Palabras claves: disciplinaria, ciudadano, acción, ejercicio, procuraduría, derechos, general, sala, sanción, cargo, actuación]