Providencia del Consejo de Estado, Sección Tercera, expediente 25000-23-26-000-1994-00427-01(19216) de 2012
¿Qué debe probar el contratista que pretende la declaración de nulidad del acto administrativo de adjudicación y la indemnización de perjuicios causados por la indebida adjudicación del contrato y cómo debe determinarse el monto de esta última si no existe juicio para establecer el monto de la utilidad esperada? - Debe cumplir una doble carga procesal: de una parte, demostrar que el acto administrativo efectivamente lesionó normas superiores del ordenamiento jurídico y acreditar que efectivamente su propuesta era la que debía ser favorecida con la adjudicación, por cumplir la totalidad de los requisitos legales y los contemplados en el respectivo pliego de condiciones. Si no existen los suficientes elementos de juicio para establecer el monto de la utilidad esperada, se fija la indemnización en el valor por el cual se prestó la garantía de seriedad del ofrecimiento, aplicando la equidad como criterio para tasar la indemnización por el perjuicio inferido
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