Sentencia de Control de Constitucionalidad C-632 de 1996
Contrato interadministrativo - [Resumen automatizado: La situación regulada constitucionalmente en ese texto se refiere, solamente, a la venta de la propiedad accionaria del Estado, dentro de un proceso de privatización de las empresas estatales, es decir, cuando el Estado decide transferir su participación accionaria en una empresa con destino a los particulares con el objeto de mejorar la productividad de la inversión económica, viabilizar el ingreso del sector privado a la explotación de actividades económicas que tradicionalmente eran prestadas por éste, concentrándose él mismo, en aquellas que le son inherentes a sus fines y con las cuales cumple con sus funciones esenciales. || La disposición del patrimonio y del derecho de dominio sobre el mismo que allí se produce, no traspasa el marco de la universalidad jurídico-patrimonial estatal, simplemente, se desplaza dentro de su interior, se mantiene dentro del patrimonio estatal, lo cual significa que la situación jurídica regulada en la norma censurada no se subsume en la hipótesis del inciso segundo del artículo 60 de la Carta, por cuanto no versa acerca de la transmisión de la propiedad accionaria del Estado con destino a los particulares, dentro de un proceso de privatización que deba seguir las reglas constitucionales asignadas para ese fin.] - [Palabras claves: propiedad, nación, inciso, norma, acciones, dentro, estado, banco, estatal, inversión, decreto, reservas, pago, enajenación, política, accionaria]