Sentencia de Control de Constitucionalidad C-897 de 1999
Titularización de sobretasa al ACPM - [Resumen automatizado: La disposición demandada consagra una regla general según la cual, quien define el destino de las rentas provenientes de la mencionada sobretasa es el legislador, sin aportar elemento alguno que demuestre que dicha intervención en el manejo fiscal de las entidades territoriales es necesaria, idónea y estrictamente proporcionada para garantizar la estabilidad macroeconómica de la Nación o para proteger recursos nacionales seriamente amenazados. || En segundo lugar, el actor considera que el aparte del inciso primero del artículo 126 demandado, según el cual, la renta obtenida en virtud de la titularización de la sobretasa al ACPM y a la gasolina, "solo podrá ser destinada a los fines establecidos en las leyes que regulan la materia", vulnera el derecho constitucional que asiste a las entidades territoriales para administrar sus propios recursos y, en consecuencia, quebranta el principio de autonomía territorial (C.P. art. || El demandante considera que el aparte del inciso primero del artículo 126, según el cual, la renta obtenida en virtud de la titularización de la sobretasa al ACPM y a la gasolina, "solo podrá ser destinada a los fines establecidos en las leyes que regulan la materia", vulnera el derecho constitucional que asiste a las entidades territoriales para administrar sus propios recursos y, en consecuencia, quebranta el principio de autonomía territorial (C.P. art.] - [Palabras claves: entidades, territoriales, ley, corte, recursos, destinación, rentas, materia, si, legislador, disposición, consecuencia, norma]