Providencia del Consejo de Estado, Sección Cuarta, expediente 25000-23-27-000-2001-00931-01(14869) de 2006
¿Los contratos y convenios interadministrativos entre entidades o con personas jurídicas cuyo capital estatal sea superior al setenta por ciento están exentas del cobro de estampillas pro desarrollo departamental? ¿No puede calificarse como derecho litigioso el que se halla en discusión en vía gubernativa, acerca de la devolución de los gravámenes que se alegan indebidamente pagados? Estampilla pro desarrollo departamental - Devolucion de valores descontados a convenios interadministrativos. Convenio interadministrativo - Descuento de valores por estampillas. Cesión de crédito fiscal. Vía gubernativa
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