¿El seguro de cumplimiento, por su estructura y función, participa de la naturaleza de la fianza, porque ambos están destinados a caucionar el cumplimiento de una obligación? ¿La inejecución del contrato de obra no se considera incumplimiento si la conducta del deudor está justificada, pues tratándose de obligación de hacer, sujeta a plazo, el incumplimiento sólo se puede configurar al vencimiento del mismo, porque lo que se asegura en los seguros de cumplimiento es la ejecución de la obra como un todo indivisible? Contrato de obra - Incumplimiento. Terminación unilateral. Subcontrato. Obligaciones del subcontratista. Garantías de subcontratista. Garantía de cumplimiento. Contrato de seguro de manejo y cumplimiento - Amparo en obra civil. Contrato de fianza. Indemnización de perjuicios - [Resumen automatizado: El censor imputó yerro al Tribunal por haber preterido en su providencia las declaraciones de Carlos Mario Escobar, Fernando William Ortiz, Luis Yesith Arbeláez, Iván Darío Ochoa Hernández, y Gladys Arango Peláez, que demostraban en su opinión el incumplimiento del contrato por parte de la sociedad Cardona Troll, Marsh, Hidalgo, lo que lleva a la Sala a examinarlas con el fin de determinar si le asiste razón al censor en su acusación, habida cuenta que no siempre que se omite la cita de una determinada prueba, bien se tiene establecido en el marco del recurso de casación, incurre el juez en error de hecho, sino sólo cuando de haber sido apreciada la probanza o probanzas, la conclusión del sentenciador hubiere tenido que ser necesariamente contraria a la contenida en la sentencia impugnada. || 78 cdno 1), la Sala considera que aunque –interpartes- tal estipulación, prima facie, no luce ineficaz, de ninguna manera vincula a la compañía aseguradora, quien no fue parte en tal negocio jurídico, y por lo tanto cualquier obligación indemnizatoria a su cargo debe tener su fuente en el contrato de seguro instrumentado en la póliza No. 21976, por la cual se garantizó "...el buen manejo y correcta inversión del anticipo relacionado con la fabricación, suministro y montaje de las estructuras metálicas de la cubierta de las estaciones del tren metropolitano de Medellín, con base en las especificaciones técnicas que aparecen en el anexo No. 1 del contrato CP-093-007", punto respecto del cual es dable reiterar que no se demostró yerro del Tribunal cuando afirmó que no se había demostrado ningún incumplimiento en cabeza del asegurado.] - [Palabras claves: contrato, incumplimiento, parte, obligación, seguro, obras, prueba, pago, asegurado, póliza, cumplimiento, respecto]