Sentencia de Revisión de Tutela T-614 de 2008
Procedencia excepcional de la acción de tutela para ordenar el pago de sumas adeudadas cuyo origen es un contrato de prestación de servicios. Prueba de la afectación al mínimo vital. Concedida. - [Resumen automatizado: La ciudadana Nini Jhoana Pastrana Martínez actuando a través de apoderado judicial interpuso acción de tutela el 3 de mayo de 2007 contra la E.S.E Hospital Local de Cicuco (Bolívar), por estimar vulnerados sus derechos fundamentales al mínimo vital, al trabajo y al pago oportuno de salarios, entre otros. || En el término previsto en el auto admisorio para ejercer el derecho de réplica, se presentó escrito del apoderado judicial de la E.S.E. Hospital Local de Cicuco (Bolívar), oponiéndose a las pretensiones y argumentos de la demanda, con fundamento en que no se encuentra acreditado que el no pago de las sumas adeudadas por la entidad vulnera el mínimo vital de la señora Pastrana Martínez. || En virtud de lo anterior, la sala habrá de revocar el fallo proferido por el Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de Mompos de fecha julio 19 de 2007 dentro de la acción de tutela instaurada por la señora Nini Jhoana Pastrana Martínez contra la E.S.E Hospital Local de Cicuco (Bolívar) y, en su lugar, concederá el amparo de los derecho fundamentales al mínimo vital y a la vida en condiciones dignas y justas.] - [Palabras claves: mínimo, prestación, valor, mil, servicios, pago, contrato, pesos, vital, local, tutela]