Sentencia de Revisión de Tutela T-1114 de 2008
¿Un Tribunal de Arbitramento convocado para resolver el litigio surgido alrededor de un contrato de concesión vulneró los derechos del Estado colombiano al debido proceso y al acceso a la justicia al aprobar, mediante un auto, el acuerdo conciliatorio suscrito entre el Instituto Nacional de Concesiones - INCO - y la sociedad Concesión Sabana de Occidente S.A.? Acción de tutela improcedente, inexistencia de perjuicio irremediable. Contra el auto que apruebe o impruebe el acuerdo conciliatorio cabía el recurso de reposición. La misma norma establece que el representante de la Procuraduría General de la Nación está facultado para interponer el recurso. - [Resumen automatizado: Acción de tutela instaurada por Anny Margarita Jordi de Ostau de Lafont, en su calidad de Procuradora Cuarta Judicial Administrativa, contra el tribunal de arbitramento que, mediante auto dictado el día 22 de noviembre de 2007, aprobó el acuerdo conciliatorio sobre el Contrato de Concesión Nº 447 de 2 agosto de 1994, suscrito entre el Instituto Nacional de Concesiones INCO - y la Sociedad Concesión Sabana de Occidente S.A. || El día 19 de diciembre de 2007, la ciudadana Anny Margarita Jordi de Ostau de Lafont, actuando en su calidad de Procuradora Cuarta Judicial Administrativa instauró una acción de tutela contra el tribunal de arbitramento que, mediante auto dictado el día 22 de noviembre de 2007, aprobó el acuerdo conciliatorio sobre el Contrato de Concesión Nº 447 de 2 agosto de 1994, acuerdo suscrito entre el INCO y la sociedad Concesión Sabana de Occidente S.A., por cuanto considera que esta providencia vulnera los derechos al debido proceso y al acceso a la justicia.] - [Palabras claves: acuerdo, conciliatorio, tutela, auto, contrato, recurso, concesión, acción, tribunal, conciliación, proceso]