No casa sentencia a través de la cual se condenó por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales. La contratista y la condición de interviniente. Para efectos penales se considera al contratista, interventor, consultor y asesor como particulares que cumplen funciones públicas, y que, por tanto, sujetos a las consecuencias penales de los servidores públicos, sin embargo la Corte Suprema de Justicia, en pronunciamientos posteriores, ha condicionado la asimilación de particulares contratistas a la categoría de servidores públicos, siempre que en virtud del objeto del contrato se les traslade una función que por su naturaleza sería exclusiva y excluyente del servidor público. Formas en la contratación directa. Sobre la inexistencia de interpretación errónea de la norma que tipifica la conducta punible de contrato sin cumplimiento de requisitos legales. - [Resumen automatizado: La Sala de Casación Penal considera necesario detenerse en la propuesta hecha por los recurrentes respecto de que la situación de la señora Ruth Esther Álvarez Pérez, en su condición de contratista particular en quien no se reunían las calidades de sujeto activo calificado, esto es, de servidor público exigido por el tipo penal de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, ha debido, y debe, ser valorada en los términos de la novedosa figura del “interviniente”, reglada en el inciso final del artículo 30 de la Ley 599 del 2000. || Ese es el contexto que deriva de la valoración objetiva de la prueba, de donde surge como única conclusión que Ruth Esther Álvarez Pérez es coautora del delito por el que se la juzgó, en tanto de común acuerdo con el Alcalde Luis Carlos López Pérez, éste le trasladó, a través de sucesivos contratos mensuales de prestación de servicios, que cobijaron todo el periodo del burgomaestre, concretas y específicas funciones públicas, como la de asesorar en el manejo presupuestal y contable del municipio, además de ejercer control sobre todas las actividades de la administración, circunstancias que habilitan la asimilación de que trata el artículo 56 de la Ley 80 de 1993.] - [Palabras claves: contrato, contratación, contratos, ley, servicios, pues, funciones, responsabilidad, en, públicas, públicos, servicio, manera, prestación, penal, público, órdenes]