Sentencia de Control de Constitucionalidad C-877 de 2005
¿Es competencia exclusiva del legislador estatutario el establecimiento y regulación del boletín de responsables fiscales que publica la Contraloría General de la República y del boletín deudores morosos del Estado, a cargo de la Contaduría General de la Nación? ¿Regulan las normas demandadas el derecho del habeas data? Demanda: Ley 901 de 2004; Art. 2, parágrafo 3 (Modifica el Art. 4 de la Ley 716 de 2001). Ley 610 de 2000; Art. 60 - EXEQUIBLES por el cargo analizado - [Resumen automatizado: Para la Corte esa disposición no vulnera el núcleo esencial del derecho al habeas data en cuanto no regula el derecho a conocer, actualizar y rectificar la información, y menos se ocupa de la caducidad de los datos, pues el simple acopio y almacenamiento en un boletín, por parte de entidades estatales, de información que reposa en entidades también del Estado, no compromete por sí mismo dicho derecho. || Afirma que en este caso, como existe una base de datos en donde circulan los datos del moroso, se identifica el monto del acto generador de la obligación, la fecha de vencimiento, el término de extinción de la misma, las consecuencias por aparecer reportado, se publica en la página Web, es decir, se está regulando la caducidad del dato, se están afectando, limitando o restringiendo derechos fundamentales, razón por la cual es imprescindible su tramitación mediante ley estatutaria por cuanto las normas inciden directamente en el núcleo esencial del derecho al habeas data. || El actor considera que las normas objeto de demanda desconocen los artículos 152 y 153 por cuanto su contenido es propio de una ley estatutaria, toda vez que afectan el núcleo esencial del derecho fundamental al habeas data.] - [Palabras claves: derecho, derechos, esencial, fundamentales, ley, datos, información, núcleo, personas]; Art. 60 - EXEQUIBLES por el cargo analizado