Providencia del Consejo de Estado, Sección Primera, expediente 25000-23-24-000-2009-00089-01 de 2011
Mediante fallo de tutela se amparó el derecho al debido proceso, como mecanismo transitorio, y se le concedió a la demandante cuatro meses para acudir ante la jurisdicción contencioso administrativa, la Sala decide rechazar la demanda presentada en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho por caducidad, ya que cuando se instauró la acción de tutela no se encontraba vigente el término para el ejercicio del otro medio de defensa judicial. Declaratoria de nulidad de las Resoluciones proferidas, mediante las cuales se declara infractora de las normas de urbanismo y construcción y se le impone como sanción una orden de demolición. La caducidad y el agotamiento de la vía gubernativa son sinónimos
VER MÁS