Providencia del Consejo de Estado, Sección Quinta, expediente 11001-03-28-000-2020-00049-00_20201210 de 2020
En caso de empate en la primera votación para la elección de representantes de la Mesa de Participación Efectiva de Víctimas, es procedente definir el nombramiento por sorteo. "De la lectura completa de la norma [Resol. 388 de 2013, art. 34 (par. 2)], se extrae con claridad que cada integrante (principal)… tendrá uno que lo supla, para efectos de sus vacancias, a su vez, refiere que éste será el que ocupe la siguiente votación en la correspondiente elección, así mismo… indica que en caso de un empate en la segunda votación se deberá efectuar un sorteo para definir el suplente. [C]uando la norma habla de "empate en la segunda votación", ello se refiere a los suplentes, que como se dijo son quienes no obtuvieron la votación más alta, que constituiría la "primera votación", sino que ocuparon un segundo lugar en votación, en ningún momento está aludiendo la norma a la realización de un nuevo proceso electoral. En ese orden de ideas, tanto del tenor literal, como de la lectura sistemática de la norma que se invoca como desconocida, es claro que la "segunda votación" no significa la repetición de la contienda electoral como erradamente lo considera la demandante… [S]i bien… no contempla… para la asignación de las vacantes de los miembros principales [un] criterio diferencial en caso de empate… resultó válido que por analogía… [se] adoptara la misma regla prevista para dirimir los empates en los suplentes, dado que por un lado, esta previsión se encuentra en el mismo compendio normativo, y por otro, la finalidad de garantizar la efectividad y eficiencia en el proceso electoral… [S]i bien la norma no refiere como proveer las vacantes en caso de empate, en cuanto a los candidatos principales, la Secretaría Técnica en aras de realizar el proceso electoral, aplicó analógicamente lo previsto para las suplencias y procedió a dirimir el asunto por medio de sorteo, circunstancia que para la Sala no representa el desconocimiento alegado por la parte actora