Sentencia de Control de Constitucionalidad C-867 de 2014
Inepta demanda contra la expresión "a no ser sometido a pruebas repetitivas" contenida en el numeral 5º del artículo 13 de la Ley 1719 de 2014, "por la cual se modifican algunos artículos de las Leyes 599 de 2000, 906 de 2004 y se adoptan medidas para garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de violencia sexual, en especial la violencia sexual con ocasión del conflicto armado y se dictan otras disposiciones". El demandante consideró que el hecho de que la víctima no pueda someterse a pruebas repetitivas, implica que su declaración inicial no podría controvertirse y que eso desconocería las garantías procesales, en particular el principio de contradicción de la prueba, carece de certeza porque el demandante equiparó la declaración o entrevista de la víctima con el Fiscal o la Policía Judicial como prueba y de ahí derivó una consecuencia que no se deduce de la norma acusada - [Resumen automatizado: L. 03 de 2002, sencillamente porque el legislador está estableciendo que la entrevista o la declaración que la mujer víctima de violencia sexual de ante el Fiscal o ante un agente de Policía Judicial, por derecho, no debe ser repetida en juicio oral, es decir que entra, para con ella edificar la sentencia, sin haber sido sometida a un principio caro del sistema de partes, como aparentemente se ha dicho que es el de la ley 906, como es el de la contradicción de la prueba, porque así la mujer tiene derecho a no ser sometida a pruebas repetitivas, sencillamente su declaración ante el Fiscal o su agente de Policía Judicial, es ya prueba, así no llene los requisitos constitucionales de oralidad, publicidad, inmediación, concentración y contradicción, y no necesita presentarse a juicio, porque el legislador le ha creado un nuevo derecho, el de no ser sometida a pruebas repetitivas”.] - [Palabras claves automatizadas: prueba, sexual, pruebas, violencia, víctimas, víctima, norma, declaración, juicio, corte, derechos, ley, penal, demanda, acusada]