Sentencia de Revisión de Tutela T-453 de 2017
¿La Corte Suprema de Justicia vulneró los derechos fundamentales del accionante al no casar la sentencia del Tribunal Superior que lo condenó por el delito de lesiones personales culposas por el informe que rindió como patólogo el cual sirvió de sustento para que el oncólogo determinara que el tratamiento a seguir era la extirpación total del seno dado que en examen realizado posteriormente se determinó que no se trataba de una lesión maligna?Responsabilidad Penal Médica. En el proceso penal no se discutió la experiencia, trayectoria, idoneidad profesional o profundidad académica del doctor Duque Echeverri, como tampoco que la práctica del estudio de patología que aquel llevó a cabo sobre el material biológico examinado (la observación arquitectural del tejido) hubiese sido defectuosa. Lo que se reprochaba era que conociendo la dificultad inherente a la distinción entre la lesión maligna y la benigna, el patólogo se quedó con su observación inicial. Lo que resultaba penalmente relevante entonces, era que teniendo en consideración las particularidades del caso, hubiera limitado su estudio a la sola aplicación del criterio de la observación arquitectural del tejido, sin tener en cuenta la necesidad de su confirmación a través del estudio de inmunohistoquímica, lo cual no fue acorde al deber objetivo de cuidado y elevó el riesgo permitido - [Resumen automatizado: Con fundamento en los hechos expuestos, en la acción de tutela se considera que, junto con las decisiones de instancia, la providencia de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia incurre en defectos sustantivos, de decisión sin motivación y fácticos, afectando de esa manera los derechos fundamentales a la dignidad, al buen nombre y a la honra, al debido proceso, al trabajo y a la salud pública del doctor José Edgar Duque Echeverri.] - [Palabras claves automatizadas: sala, justicia, corte, suprema, jurídico, penal, fundamento, decisión, tutela, casación, estudio]