Sentencia de Revisión de Tutela T-55 de 2005
Proceso por homicidio, ¿incurrió el juez en vía de hecho al declarar desierto el recurso de apelación contra sentencia condenatoria, por supuesta extemporaneidad? Errónea interpretación adoptada por los accionados, según la cual el traslado para la sustentación de los recursos opera automáticamente y sin necesidad de los actos secretariales señalados. Incurrieron en vía de hecho cuando declararon extemporáneas las sustentaciones presentadas por la defensa, ya que al no haberse dado el traslado a los recurrentes que establece el citado artículo 194 del C.P.P., no podía considerarse válidamente que habían comenzado a correr los términos establecidos por dicha norma para efectos de la sustentación. Principio de publicidad en las actuaciones judiciales. Principio de interpretación conforme a la Constitución - [Resumen automatizado: Considera la Sala que la interpretación que consulta de mejor forma la Constitución Política es aquella que demanda la contabilización de los términos para la sustentación de los recursos a partir del momento en que los despachos judiciales realizan las actuaciones secretariales y dejan las constancias que exige la Ley, pues, en esa medida, se garantizan materialmente los derechos fundamentales a la defensa, al debido proceso y de acceso a la administración de justicia, así como la realización de los principios de publicidad y pro actione (artículos 228 y 229); a contrario sensu de lo que ocurre con la interpretación adoptada por los accionados, según la cual el traslado para la sustentación de los recursos opera automáticamente y sin necesidad de los actos secretariales señalados. || No obstante lo anterior, en auto del 29 de marzo, el Juez 44 Penal del Circuito de Bogotá no repuso la decisión impugnada pues, con apoyo en la jurisprudencia de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, consideró que los errores secretariales en cuanto al inició, duración o contabilización de los términos no constituyen fundamento para desconocer las prescripciones legales en lo que a estos aspectos se refiere y, además, que el edicto fijado por la secretaría de su despacho no tenía efecto alguno, toda vez que la notificación de la sentencia se había surtido personalmente a todos los sujetos procesales entre el 18 y el 23 de febrero.] - [Palabras claves automatizadas: penal, sala, sustentación, tutela, sentencia, publicidad, derechos, procesales, bogotá, administración, corte, recursos, pues, justicia, recurso, actuaciones, defensa, apelación, circuito]