Sentencia de Revisión de Tutela T-77 de 2009
¿Vulnera los derechos fundamentales al debido proceso y al acceso efectivo a la administración de justicia, la circunstancia de que la autoridad judicial accionada, al momento de dictar la decisión que ordenó precluir la investigación, no hubiera efectuado consideración alguna, o mejor, no hubiera valorado algunas pruebas que resultaban ser relevantes, para determinar si la reversión efectuada al libro de registro de acciones de una sociedad anónima, sin orden de autoridad competente, configuraba el delito de hurto agravado por la confianza, las cuales reposaban en el proceso penal, como es el caso del dictamen pericial rendido dentro del proceso verbal tramitado en segunda instancia ante la Sala Civil de un tribunal superior, allegado como prueba trasladada, así como la experticia realizada por el Grupo de Contaduría Forense de la Fiscalía General de la Nación? ¿Se constituye en un defecto fáctico, el hecho de que la prueba grafológica decretada por la Fiscalía General de la Nación, sobre los libros de registro de acciones de una sociedad anónima, no hubiera sido practicada? Concedida. Defectos fáctico y sustantivo como causales especiales de procedibilidad de la acción de tutela contra decisiones judiciales. Falta de valoración de algunas pruebas que daban cuenta de las irregularidades realizadas por la sociedad anónima. - [Resumen automatizado: La decisión dictada por la Fiscalía 22 de la Unidad Delegada ante el Tribunal Superior de Bogotá, incurrió en defectos sustantivos por no aplicar los artículos 384 y 416 del Código de Comercio, y demás disposiciones aplicables al caso, y en varios defectos fácticos por falta de valoración de algunas pruebas oportunamente allegadas al expediente penal, que tienen la capacidad de modificar el sentido de la decisión dictada el 26 de septiembre de 2007, dentro del proceso penal iniciado con ocasión de la denuncia penal formulada por el señor Manuel Arturo Rincón Guevara, como representante legal de la sociedad Acociviles S.A. Por lo anterior, la Corte revocará la sentencia dictada por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, el 31 de enero de 2008, que a su vez confirmó el fallo proferido por la Sala de Casación Penal de la misma Corporación, el 20 de noviembre de 2007, dentro de la acción de tutela presentada por la sociedad Acociviles S.] - [Palabras claves automatizadas: proceso, judicial, penal, sociedad, acciones, decisión, pruebas, prueba, respecto, tutela, parte, acción]