Sentencia de Unificación de Revisión de Tutela SU-74 de 2014
¿La Corte Suprema de Justicia incurrió en los defectos sustantivo por desconocimiento del precedente y fáctico, al momento de dictar sentencia condenatoria un Juez de la República en el proceso adelantado en su contra por falsedad ideológica en documento público por suscribir un documento que contenía información falsa, los cargos que dirigen contra la sentencia se cifran en señalar que fue condenado por una actuación imprudente, a pesar de que el tipo penal mencionado exige la existencia de dolo para su configuración? Niega - La sentencia proferida por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, no constituye un cambio de jurisprudencia y se ajusta a su concepción del delito falsedad ideológica en documento público, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, en jurisprudencia consolidada, ha considerado que la falsedad documental solo resulta punible si se realiza dolosamente, y ha aclarado que puede darse tanto bajo la forma del dolo directo como en la modalidad de dolo eventual. La Corporación demandada hizo referencia a una pauta de análisis probatorio según la cual es posible "extraer el dolo" de lo que las personas hacen, omiten, expresan o callan, y aludió a una regla conforme con la cual los jueces deben verificar lo que firman, y, en esa medida, salvo la existencia de razones especialmente poderosas, suscribir un documento sin examinar cuidadosamente el contenido es aceptar como probable la ocurrencia del resultado. En esos términos, más que basarse solo en sospechas, como asegura el peticionario, la Sala de Casación Penal decidió con base en (i) indicios derivados o relacionados con las sospechas (ii) reglas de la experiencia que estarían a la cabeza de los razonamientos dirigidos a determinar el dolo a partir de hechos objetivos sobre lo que dicen, callan, hacen u omiten las personas, y (iii) una presunción según la cual puede asumirse que los jueces conocen lo que firman - [Resumen automatizado: La Sala de Casación Penal, en la sentencia citada, concluyó que la conducta del actor fue dolosa a partir de (i) un conjunto de sospechas injustificadas sobre la actuación del juez; (ii) las actuaciones de los empleados del Despacho a su cargo, y no las de la persona investigada y procesada penalmente; (iii) hechos ocurridos en un proceso civil distinto de aquel en que se firmó el acta que dio lugar al proceso iniciado en su contra (acta correspondiente a la audiencia de fijación del litigio, artículo 101 del CPC); y, especialmente, (iv) la aplicación de una presunción jurisprudencial según la cual los jueces deben saber lo que hacen, por encima de las pruebas obrantes en el proceso y de la presunción constitucional de inocencia, “barrera epistemológica” al poder del Estado[52] y, por lo tanto, garantía del derecho a la libertad personal.] - [Palabras claves automatizadas: juez, corte, proceso, sala, decisión, judicial, suprema, presunción, penal, sentencia, si, hechos, dolo, puede, casación]