Sentencia de Revisión de Tutela T-361 de 2018
¿La providencia dictada por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado vulneró los derechos fundamentales del actor en tanto al tasar la pena le impuso un agravante a uno de los delitos que cometió sin que las conductas que el procesado aceptó permitieran endilgarle ese calificativo? Preacuerdos en el sistema penal acusatorio colombiano. Aunque en este caso el obrar del juez puede tener justificación en la manera como fueron consignados los parámetros del preacuerdo y aunque puede decirse que su actuación estuvo viciada a causa de un error inducido por el fiscal, no es menos cierto que ello no exime al fallador del cumplimiento de su labor judicial, en cuyo desarrollo no debe apartarse del deber señalado en el artículo 228 Superior, según el cual prevalece el derecho sustancial. En el fallo cuestionado no se materializó ninguno de los incentivos que condujeron al actor a llegar a un preacuerdo y pese a que el señor XX cumplió con su parte del arreglo y, por el contrario, lo único que obtuvo fue la imposición de un agravante en unos términos que la ley penal no permite, por cuanto ninguna de los eventos delictivos aceptados superó la cantidad de cocaína que el legislador determinó para calificar de esa manera la conducta - [Resumen automatizado: José Antonio Sandoval Galvis, por intermedio de un defensor público, acudió a la acción de tutela en contra del Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Cúcuta, con el propósito de obtener el amparo de su derecho fundamental al debido proceso y los demás que resulten vulnerados con la acción y omisión de dicho despacho judicial de corregir una sentencia en la que, a su parecer, se aplicó erróneamente el preacuerdo que celebró con la Fiscalía para la resolución de su caso. || Lo anterior es de gran importancia, pues al permitir otro tipo de ajustes que influyan en el contenido jurídico sustancial de la decisión, se pueden generar afectaciones al principio de cosa juzgada, luego, como no es tan palmaria la adecuación de lo ocurrido a la viabilidad de corregir la sentencia por yerro aritmético, esta Corte procederá a realizar el análisis de la tutela contra providencia judicial, pues la simple corrección podría producir una variación en la calificación de la conducta delictiva del señor Sandoval que, a juicio de la juez, se acompasa con lo señalado en el preacuerdo y tendría incidencias en su pena y multa, así como capacidad para alterar un asunto resuelto, con riesgo de la cosa juzgada en materia penal, ya que, se repite, la modificación de aspectos considerados tangenciales podría incidir directamente en la parte motiva.] - [Palabras claves automatizadas: juez, tutela, puede, sentencia, derecho, judicial, en, corte, preacuerdo, pena, proceso, defensa, pues, derechos, actor, cuenta, meses, error]