Sentencia de Control de Constitucionalidad C-1260 de 2005
Ley 906 de 2004 ¿Vulnera el debido proceso y el estado de derecho la posibilidad que tiene el procesado de renunciar a su derecho a tener un juicio público, oral, contradictorio, concentrado, imparcial, con indemnización de las pruebas y sin dilaciones injustificadas, en el que pueda interrogar en audiencia a los testigos de cargo y obtener la comparecencia de testigos o peritos, así se trate de una manifestación libre, consciente, voluntaria y debidamente informada? Art. 8, literal l)(parcial) - Exequible por el cargo analizado conforme a las consideraciones de la parte motiva. ¿La facultad otorgada al Fiscal General de la Nación para expedir directrices o directivas, las cuales deben ser respetadas por la Fiscalía General de la Nación, infringe la potestad reglamentaria atribuida al Presidente de la República, afectando la imparcialidad e independencia de los fiscales? Arts. 142.1 y 348 (parcial) - Exequibles. ¿La reserva de los datos del informante, inclusive para los efectos de la audiencia ante el juez de control de garantías, desconoce el derecho al debido proceso? Art. 221 (parcial) - Estarse a lo resuelto. Actuación de particulares como agentes encubiertos. Art. 242 - Fallo inhibitorio. ¿El no descubrimiento en la imputación, de los elementos materiales probatorios, evidencia física o de la información en poder de la Fiscalía, desconoce los derechos a un juicio público y a la defensa? Art. 288 (parcial) - Exequible. ¿La atribución conferida al fiscal en la celebración de un acuerdo con el imputado, para tipificar la conducta dentro de su alegación conclusiva, de una forma específica que permita disminuir la pena, desconoce la reserva legal para configurar conductas delictivas y el principio de taxatividad penal? Art. 350 Num 2 - CONDICIONALMENTE exequible. ¿Posponer la libertad de la persona absuelta por delitos de competencia de los jueces penales del circuito especializado hasta que esté en firme la sentencia, vulnera la libertad personal, la presunción de inocencia, entre otros? Art. 449 inciso 2º. - INEXEQUIBLE - [Resumen automatizado: En relación con la demanda de inconstitucionalidad que ahora nos ocupa, y referida a la posibilidad de renunciar al derecho a tener un juicio público, oral, contradictorio, concentrado, imparcial, con inmediación de las pruebas y sin dilaciones injustificadas, en el cual pueda, si así lo desea, por sí mismo o por conducto de su defensor, interrogar en audiencia a los testigos de cargo y a obtener la comparecencia, de ser necesario aun por medios coercitivos, de testigos o peritos que puedan arrojar luz sobre los hechos objeto del debate, siempre y cuando se trate de una manifestación libre, consciente, voluntaria y debidamente informada, debe precisar la Corte que lo que consagra esta disposición es la posibilidad del imputado o procesado de renunciar a una de las etapas del proceso, la del juicio, y no a la posibilidad de renunciar a cada uno de los principios que rigen dicha etapa en particular. || Lo anterior, por cuanto aceptado por el procesado los hechos materia de la investigación y su responsabilidad como autor o partícipe, y existiendo en el procesos ademàs suficientes elementos de juicio para dictar sentencia condenatoria, se hace innecesario el agotamiento de todas y cada una de las etapas del proceso, por lo que procede dictar el fallo sin haberse agotado todo el procedimiento, a fin de otorgar pronta y cumplida justicia, sin dilaciones injustificadas, según así también se consagra en el artículo 29 de la Constitución.] - [Palabras claves automatizadas: corte, juicio, general, penal, constitución, debe, juez, puede, principio, derecho, fiscalía, nación, proceso, manera, ley, si, fiscal, garantías]