Sentencia de Revisión de Tutela T-1238 de 2004
La jurisdicción indígena. Proceso penal iniciado con anterioridad a la entrada en vigencia de la Constitución de 1991¿Incurrió el juez en vía de hecho dentro de proceso penal al omitir la calidad de indígena del sindicado que se dio a conocer durante las audiencias de juzgamiento? - [Resumen automatizado: El ordenamiento jurídico contempla tres posibilidades para el tratamiento de los asuntos penales en los que el sindicado sea un indígena: En primer lugar, está el fuero especial indígena que se deriva de la Constitución, del cual, sin embargo, como se ha visto, el elemento étnico es sólo una condición parcial; en segundo lugar, en el ordenamiento penal está prevista la inimputabilidad por diversidad sociocultural, y, finalmente, también puede aplicarse, como causal de exclusión de la responsabilidad, el error invencible de prohibición proveniente de esa diversidad cultural, caso en el cual la persona debe ser absuelta y no declarada inimputable. || Saulo Botina Fandiño, obrando a través de apoderado, presentó, ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Pasto, acción de tutela en contra del Juzgado Promiscuo del Circuito de Puerto Asís, Putumayo, por una presunta violación de sus derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa técnica, por cuanto considera que el juzgado, al no declarar la nulidad de lo actuado en el proceso penal que se le seguía, por falta de competencia, y al no ordenar remitir las diligencias a las autoridades del pueblo Cofán para que se adelantara el juzgamiento en aplicación de la Jurisdicción Especial Indígena, incurrió en una vía de hecho.] - [Palabras claves automatizadas: indígena, comunidad, jurisdicción, sindicado, autoridades, penal, proceso, hecho, especial, juez, fuero, autoridad, si, corte, indígenas, tutela, sala, lugar]