Sentencia de Revisión de Tutela T-578 de 2010
¿Las diferentes autoridades accionadas vulneraron los derechos a la dignidad humana, al debido proceso, a la defensa, al buen nombre, al hábeas data, de petición, a la igualdad y a la libertad de locomoción del actor, al haber sido objeto de una suplantación de identidad, por quien es conocido públicamente como alias "Mono Jojoy", individuo perteneciente a las autodenominadas FARC, y en consecuencia, haber adelantado una gran cantidad de investigaciones en su contra? Concedida. Procedencia excepcional de la acción de tutela aún, existiendo otro medio de defensa judicial. Casos de homonimia o de suplantación de personas. Las autoridades judiciales tienen el imperativo de establecer plenamente la identidad de la persona vinculada a un proceso penal. El derecho a desarrollar una vida en condiciones dignas se ve seriamente afectado por la zozobra e incertidumbre permanente que pesa sobre una persona y su núcleo familiar, como consecuencia de los innumerables requerimientos judiciales y policiales que subsisten en su contra, y que no le son atribuibles como quiera que se originaron en una usurpación de identidad - [Resumen automatizado: Que el funcionario que la antecedió en ese Despacho, profirió sentencia dentro del proceso radicado con el No. 2003-0002, en contra de JORGE BRICEÑO SUAREZ, alias “Mono Jojoy”, “a quien en el acápite correspondiente se identificó solamente con el número de cédula 70.753.211 y trece miembros más del secretariado de las FARC, a la pena principal de CUARENTA (40) AÑOS DE PRISIÓN, como coautores de los delitos de rebelión, homicidio agravado, homicidio agravado en grado de tentativa, terrorismo y secuestro extorsivo agravado, por la toma guerrillera a la base militar del cerro Patascoy, acaecidos (sic) el día 21 de diciembre de 1997.” (Destacó la Sala). || Fiscalía 19 Especializada Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de Bogotá, en oficio 422 de 21 de febrero de 2006, comunica que dictó medida de aseguramiento consistente en detención preventiva sin libertad, dentro del proceso 1063ª por secuestro extorsivo art. || Fiscalía 19 Especializada - Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de Bogotá, en oficio 1495 de 27 julio de 2004, comunica que dictó medida de aseguramiento consistente en detención preventiva sin libertad, dentro del proceso 1151 por homicidio en persona protegida, lesiones personales en persona protegida actos de terrorismo.] - [Palabras claves automatizadas: proceso, circuito, nacional, dentro, bogotá, acción, fiscalía, especializado, tutela, oficio, unidad, penal, captura, cédula, ciudadanía]