Sentencia de Unificación de Revisión de Tutela SU-218 de 2019
¿La Corte Suprema de Justicia vulneró los derechos fundamentales del actor cuando en sede de casación profirió sentencia condenatoria en su contra por el punible de homicidio agravado, pese a que en las dos instancias ordinarias había sido absuelto y que no tenía la posibilidad de impugnar esa primera decisión de condena, el accionante no formuló, previo a acudir al juez constitucional, el incidente de nulidad contra la mencionada sentencia penal? La Sala Plena señaló que la controversia probatoria propuesta por el tutelante al invocar el defecto fáctico debe ser resuelta por el juez natural del caso, esto es, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, con ocasión del mecanismo especial de impugnación. La Sala Plena de la Corte Constitucional reiterará, de conformidad con el llamado que al efecto también expuso la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia en la sentencia del 14 de noviembre de 2018, y que en su oportunidad hizo esta Corporación al expedir la sentencia C-792 de 2014, el exhorto al Congreso de la República para que profiera la ley que de conformidad con lo dispuesto en los numerales 2º y 7º del artículo 235 de la Constitución, modificado por el Acto Legislativo 01 de 2018, es necesaria para tramitar la solicitud de doble conformidad judicial de la primera sentencia penal de condena - [Resumen automatizado: En el trámite de revisión del fallo de segunda instancia proferido por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que confirmó la sentencia proferida por la Sala de Casación Civil, dentro de la acción de tutela instaurada por Adelmo González Losada en contra de la Sala de Casación Penal de la misma Corporación. || El 21 de septiembre de 2018, mediante apoderado, Adelmo González Losada presentó acción de tutela en contra de la sentencia proferida por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia el 14 de marzo de 2018[10], al considerar que fueron vulnerados sus derechos fundamentales al debido proceso, al acceso a la administración de justicia, a la defensa, a la igualdad y a la doble conformidad. || Con el fin de contar con los elementos probatorios necesarios para adoptar una decisión de fondo en el proceso de revisión de tutela, el Magistrado Ponente, mediante auto del 12 de marzo de 2019, ofició a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, para que informara sobre varios aspectos relevantes del caso[14].] - [Palabras claves automatizadas: sala, corte, sentencia, tutela, justicia, suprema, conformidad, penal, casación, acción, fallo]