Sentencia de Revisión de Tutela T-26 de 2010
¿El Ministerio de la Protección Social vulneró los derechos fundamentales a la seguridad social, el mínimo vital y la vida digna de la actora, al no concederle la pensión de sobreviviente a la que considera tiene derecho, argumentando que era inexplicable que la actora conviviera con el causante, cuando existía un embargo de la mesada pensional de éste por concepto de alimentos? Concedida. Esa inferencia está erigida sobre un hecho indicador ambiguo, pues bien puede suceder que manteniéndose la vida en común uno de los compañeros permanentes, usualmente la mujer, tenga que acudir a la jurisdicción respectiva para que el otro cumpla con sus obligaciones familiares - [Resumen automatizado: La Sala Sexta de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los magistrados Nilson Pinilla Pinilla, Jorge Ignacio Pretelt Chaljub y Humberto Antonio Sierra Porto, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, ha proferido la siguiente || Debe analizar esta Sala si en el caso sometido a revisión prospera la demanda de tutela, en cuanto la accionante considera que el Ministerio de la Protección Social - Área de Prestaciones Económicas del Grupo Interno de Trabajo, Gestión Pasivo Social Puertos de Colombia vulneró sus derechos fundamentales "a la vida, a la familia, al mínimo vital, a la subsistencia, a la dignidad humana, a la salud", al no concederle la pensión de sobreviviente a la que considera tiene derecho como consecuencia del deceso de su compañero permanente. || Corresponde a esta Sala de Revisión determinar si en realidad fueron conculcados los derechos fundamentales reclamados por la accionante, debido a que mediante resolución de octubre de 2008, proferida por el Ministerio de la Protección Social, Grupo Interno de Trabajo para la Gestión del Pasivo Social de Puertos de Colombia, Área de Pensiones, le fue negada la pensión de sobreviviente a la cual considera que tiene derecho al morir su compañero permanente, tomando en cuenta que respecto a la especial condición en que se encuentran las personas de edad avanzada, esta corporación ha resaltado la protección que a su favor impone el artículo 46 superior.] - [Palabras claves automatizadas: tutela, acción, social, derechos, sala, mínimo, ministerio, constitución, fundamentales, vida, defensa, protección, si, amparo, vital, mecanismo, judicial, permanente]