Sentencia de Unificación de Revisión de Tutela SU-489 de 2016
¿La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia incurrió en los defectos de decisión sin motivación, violación directa de la Constitución y defecto fáctico en la sentencia por la cual fue condenado el actor privativa de 60 meses de prisión y a las accesorias de multa e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por un lapso de 84 meses, como coautor responsable del delito de cohecho por dar u ofrecer, en concurso material homogéneo? ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIAS JUDICIALES. IMPROCEDENCIA POR CUANTO NO EXISTEN DEFECTOS DE FALTA DE MOTIVACION Y FACTICO EN PROCESO PENAL POR COHECHO. Con respecto a la presunta falta de motivación de la sentencia atacada, la Sala Plena encontró que la corporación accionada cumplió satisfactoriamente con su deber de exponer las razones que le permitieron arribar a las conclusiones que sustentaron su decisión. La Corte observó que la referida sentencia contiene una explicación detallada y suficiente del análisis probatorio que soportó su determinación, y en general, de las razones a partir de las cuales la Sala de Casación Penal encontró al actor responsable del delito de cohecho por dar u ofrecer, a propósito de algunos ofrecimientos hechos a una congresista en junio de 2004, al tiempo que descartó su participación frente a otros aspectos relacionados con los mismos hechos. De igual manera, concluyó la Corte que no se presentaron en este caso situaciones constitutivas de defecto fáctico, pues la valoración de las pruebas realizada por la Sala accionada no se revela arbitraria, irracional o carente de sustento, sino por el contrario, plausible y coherente, y se efectuó dentro del marco legítimo de la autonomía judicial, razón por la cual, no existe fundamento para dejar sin efectos la sentencia cuestionada por vía de tutela, como lo pidió el tutelante - [Resumen automatizado: El señor Alberto Velásquez Echeverri, obrando por conducto de apoderada especial, presentó el 26 de octubre de 2015 acción de tutela contra la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, invocando la protección de su derecho fundamental al debido proceso, a la defensa, el acceso a la justicia y la presunción de inocencia que aquélla habría vulnerado, especialmente en lo relativo al principio in dubio pro reo, la posibilidad de presentar pruebas y controvertir las que se aduzcan en su contra, la necesidad de prueba suficiente para condenar, y la debida imparcialidad del fallador, a partir de los hechos que, conforme a su narración, pueden ser resumidos como sigue: || 1. El actor Alberto Velásquez Echeverri fue condenado por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, mediante sentencia de única instancia dictada el 15 de abril de 2015, a la pena principal de 60 meses de prisión, y a las accesorias de multa e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por un lapso de 84 meses, como coautor responsable del delito de cohecho por dar u ofrecer, en concurso material homogéneo, fallo en el que también fueron condenados los señores Sabas Pretelt de la Vega y Diego Palacio Betancourt (quienes en adelante y cuando se aluda conjuntamente a ellos se denominarán simplemente los tres procesados).] - [Palabras claves automatizadas: sala, sentencia, corte, tutela, decisión, casación, hechos, proceso, penal, pruebas, actor, constitucional, suprema]