Sentencia de Control de Constitucionalidad C-224 de 2009
Captación masiva y habitual de dineros. Las medidas penales dictadas por el Ejecutivo durante el estado de emergencia social tendrán una vigencia máxima de un año, salvo que el Congreso les otorgue carácter permanente en ejercicio de su atribución constitucional. Revisión constitucional del Decreto 4336 de 2008, "por el cual se modifica el Código Penal". Art. 1 (Mod. el Art. 316 de la Ley 599 de 2000) : CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE. Art. 2 (Adiciona el Art. 316-A de la Ley 599 de 2000) : CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE. Aparte INEXEQUIBLE. S.V - [Resumen automatizado: La Corte encuentra necesario señalar las limitaciones que se imponen al legislador extraordinario cuando hace uso de la potestad punitiva en el estado de emergencia económica y social, que comprenden: (i) Juicio de restricción material, que para el caso de la emergencia, el artículo 215 de la Constitución se encamina a proteger el “orden económico, social y ecológico del país” o que constituyan grave calamidad pública, de suerte que el poder punitivo del Gobierno, en cuanto a la tipificación de aquellas conductas o modificación de los tipos penales, debe incluir de manera expresa como objeto de protección los mencionados bienes jurídicos, y por tanto sólo es posible sancionar aquellos comportamientos que afecten de manera directa los citados bienes jurídicos definidos constitucionalmente; (ii) Juicio de finalidad. || De la misma manera, una interpretación conjunta y finalística de la Constitución, de los tratados internacionales de derechos humanos y de la Ley Estatutaria de los Estados de Excepción, conducen a la Corte a sostener que el principio de legalidad de la ley penal, propio del régimen democrático, no puede ser restringido de manera intemporal (vigencia de los decretos) cuando el legislador excepcional ha hecho uso del poder punitivo durante el estado de emergencia.] - [Palabras claves automatizadas: emergencia, social, corte, público, penal, constitución, excepción, penales, medidas, orden, principio, derechos]