Sentencia de Control de Constitucionalidad C-806 de 2009
¿Vulnera el principio de inviolabilidad del domicilio y el derecho a la intimidad, permitirle a la policía judicial allanar y registrar un domicilio sin orden de autoridad judicial competente, cuando medie el consentimiento expreso del propietario o simple tenedor del bien objeto del registro, o de quien tenga interés por ser afectado durante el procedimiento? A juicio de la Corte, no resulta irrazonable ni desproporcionado que cuando la autorización para la realización del allanamiento provenga directamente del propietario o morador del domicilio objeto de registro que pueda verse afectado con su realización, no se exija la orden escrita de la Fiscalía. Si quien se ve afectado con la diligencia autoriza de manera libre y expresa su realización, se supera la sospecha de arbitrariedad que tendría un allanamiento efectuado sin orden escrita y contra la voluntad del morador. No obstante lo anterior, dado que la excepción planteada sólo lo es frente a la exigencia de una orden escrita de autoridad judicial, pero no frente al requisito del control judicial posterior que establece el numeral 2o. del artículo 250 de la Carta, el allanamiento excepcional previsto en el numeral 1o. del artículo 230 de la Ley 906 de 2004, debe someterse al examen del juez de control de garantías, quien valorará en cada caso, si el consentimiento dado por el afectado para la diligencia de allanamiento, fue libre y expreso o si por el contrario fue fruto de un acto arbitrario o abusivo. Ly 906 de 2004, "por la cual se expide el Código de Procedimiento Pena"; Art. 230, Num 1 : CONDICIONALMENTE exequible. Arts. 184 y 445 (parciales) : Fallo inhibitorio - [Resumen automatizado: Sin embargo, Como excepciones a este régimen general que exige una orden judicial previa, la Carta establece expresamente dos: (i) en el artículo 32 Superior, que permite el ingreso “de los agentes de la autoridad” al domicilio donde se refugia el delincuente sorprendido en flagrancia; y (ii) en el artículo 250, numeral 3, que autoriza a los fiscales a ordenar y practicar allanamientos, con control posterior por parte del juez de control de garantías. || [17] Sentencia C-519 de 2007, MP: Nilson Pinilla Pinilla, AV: Jaime Araujo Rentería, en donde la Corte declaró INEXEQUIBLE el numeral 4° del artículo 230 de la ley 906 de 2004, "Por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal, que establecía como excepción al requisito de orden escrita de la Fiscalía General de la Nación para proceder al registro y allanamiento "4. || [17] Sentencia C-519 de 2007, MP: Nilson Pinilla Pinilla, AV: Jaime Araujo Rentería, en donde la Corte declaró INEXEQUIBLE el numeral 4° del artículo 230 de la ley 906 de 2004, "Por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal, que establecía como excepción al requisito de orden escrita de la Fiscalía General de la Nación para proceder al registro y allanamiento "4.] - [Palabras claves automatizadas: domicilio, corte, registro, orden, judicial, ley, constitucional, artículo, en, debe, constitución, norma, juez, control, decreto]; Art. 230, Num 1 : CONDICIONALMENTE exequible. Arts. 184 y 445 (parciales) : Fallo inhibitorio