CSJ SCP STP4408_2020(110605) de 2020
Los periodistas pueden pedir registro de audiencias públicas. Sin duda alguna, en lo que respecta a la función de la prensa y la libertad de los actos, los medios de comunicación ejercen una importante labor de control y vigilancia de la actividad estatal, más aún cuando se trata de posibles actos de corrupción en los que está involucrado un funcionario del Estado. En ese orden, para el desarrollo de la actividad periodística los reporteros tienen derecho a asistir a las audiencias públicas a desarrollar su trabajo y a solicitar copia de los registros de las mismas con el objeto de informar a la comunidad, salvo las excepciones legales que se han mencionado en esta decisión. Así mismo, tienen derecho a tener conocimiento de los procesos y a difundir la información "pero siempre dentro de los límites del bien común, del orden justo y del respeto a la dignidad y a los demás derechos de las personas", porque esa autonomía juega un papel trascendental en la libertad de las personas, da tranquilidad a la sociedad y limita los abusos de las autoridades