Sentencia de Revisión de Tutela T-394 de 2018
¿Vulneran las autoridades judiciales los derechos al debido proceso y de acceso a la administración de justicia de una persona privada de la libertad, al negar la solicitud de copias gratuitas de la totalidad de la actuación de su proceso penal, bajo el argumento de que el pago por el interesado constituye una carga procesal proporcionada y no existe obligación legal de expedirlas sin costo? La Sala advierte que una persona privada de la libertad, sin capacidad económica para cubrir el valor de expensas judiciales a su cargo, podría llegar a verse afectada en sus derechos fundamentales a la defensa material y al acceso a la administración de justicia en condiciones de igualdad. Tal sería el caso del procesado que debido a la carencia de recursos para sufragar el costo de las copias del expediente, no pudiera, a causa de esta situación, ejercer su derecho a actuar de forma directa en el trámite y llevar adelante un específico procedimiento en procura de sus intereses como, por ejemplo, el contrainterrogatorio a un testigo, el ofrecimiento de su propio testimonio en el juicio oral o la aceptación informada de los cargos imputados. En los anteriores supuestos se generaría una vulneración al derecho de acceso a la justicia en condiciones de igualdad, pues la carga pecuniaria no correspondería a los principios de racionalidad, proporcionalidad, equidad y justicia. Así mismo, se ocasionaría una violación al debido proceso en razón de que se restringiría de manera irrazonable su derecho a la defensa material. Por ende, en dichas hipótesis surgiría el derecho del sujeto a la exención del pago de las copias del expediente al interesado, en aras de garantizar la eficacia de sus derechos fundamentales. Para decidir el caso concreto, la Sala deberá verificar si el señor XX: i) requiere la documentación solicitada con el propósito de ejercer una facultad concreta y determinada dentro del proceso penal, y (ii) no cuenta con los recursos económicos para asumir el costo que se deriva de la expensa ordinaria asociada a acceder a la documentación solicitada. Niega tras haber concluido que el actor no requiere la documentación solicitada para ejercer adecuadamente una facultad dentro del proceso penal